Son muchos los accidentes en motocicleta que se dan en nuestras carreteras, por lo general cuando hablamos de accidente de tráfico solemos pensar en una sola víctima, pero cierto es que en la motocicleta pueden viajar dos personas. Al igual que en los accidentes de tráfico con coches, junto con el conductor de la moto puede ir un acompañante.

Los acompañantes de motocicleta, al igual que los acompañantes de vehículos siempre tienen derecho a reclamar una indemnización. Si en los accidentes de tráfico con vehículos el requisito indispensable es que lleven puesto el cinturón de seguridad para cobrar el 100% de la indemnización, para los casos de motocicleta, para poder cobrar la totalidad de la indemnización por accidente de moto,  es necesario que el acompañante lleve el casco y que no estuviera realizando ningún movimiento peligroso mientras la moto iba en movimiento.

Indemnización para acompañantes de motos

En los casos del acompañante como ya hemos mencionado con anterioridad, siempre tiene derecho a reclamar y podemos diferencias dos supuestos de reclamación:

  1. Cuando el culpable del accidente es el conductor de un vehículo distinto al conductor de la motocicleta. En este caso deberemos dirigir nuestra reclamación frente a la compañía del responsable del accidente.
  2. En el caso de que el culpable sea el conductor de la motocicleta. Deberemos dirigir nuestra reclamación frente a la compañía que aseguraba a la motocicleta en el momento del accidente.

La diferencia entre un supuesto y otro radica en que cuando hay vehículo contrario nosotros reclamamos la indemnización frente a su compañía y podemos, si contratamos a un abogado. Reclamar frente a la compañía que tiene asegurada la moto en la que viajábamos. que nos pague los gastos de letrado, siempre y cuando la póliza que tenga contratada cubra también los gastos de acompañante.

Como hemos comentado con anterioridad para poder reclamar la indemnización debemos probar que llevábamos el caso y que no hemos tenido nada que ver con la forma en la que ha ocurrido el accidente.

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Pare poder reclamar una indemnización como acompañante, necesitaremos aportar todos los informes médicos de los que dispongamos, para poder enviárselos a la compañía para que puedan valorarlos y nos puedan hacer una oferta.

Pero no solo podemos reclamar por la lesiones sufridas, sino que también podemos reclamar por todos aquellos objetos que lleváramos encima en el momento del accidente y que se hayan roto. También podremos reclamar por la ropa  que ha resultado dañada, para ello necesitaríamos fotos y facturas de lo que nos costaron las cosas que reclamamos.

En caso de no tener facturas, podremos buscar objetos parecidos o solicitar en los centros donde se vendan que nos hagan facturas proforma. Pero debemos tener en cuenta que en todos los bienes se va a aplicar un valor de depreciación, es decir que nunca nos van a dar el cien por cien de lo que nos costo, ya que el valor no es el mismo que en el momento de la compra.

 

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