Somos Abogados especialistas en Reclamación de seguro de responsabilidad civil de cazadores 

Reclamación de seguro de responsabilidad civil de cazadores

Reclamación de seguro de responsabilidad civil de cazadores

Desde Abogados Indemnización tenemos una larga experiencia y una alta especialización en los Seguros de daños, asesorando a asegurados sobre la reclamación de un seguro de responsabilidad civil de cazadores a las entidades aseguradoras con la finalidad de que perciban la indemnización que les corresponda, de acuerdo con lo contratado en las condiciones particulares de la póliza.

La Responsabilidad civil es un concepto jurídico cuya finalidad es regular el sistema de compensaciones económicas reparadoras de los daños producidos a terceros como consecuencia de relaciones contractuales o extracontractuales. El Artículo 1.902 del Código Civil establece:

“El que por acción u omisión causa daño a otro, interviniendo culpa o negligencia, está obligado a reparar el daño causado”.

Para hacer frente a las consecuencias de las reclamaciones o demandas económicas por responsabilidad civil, con independencia de cuál sea la causa aducida por el reclamante, los profesionales contratan pólizas de seguro de responsabilidad civil. El contrato de seguro tiene por objeto desplazar el coste de las indemnizaciones económicas a un tercero, mediante el pago de una prima.

Por tanto, el seguro es un sistema de protección frente a los riesgos existentes que, cuando ocurren o se materializan en un siniestro, provocan unas consecuencias siempre evaluables económicamente. El aseguramiento consiste en la transferencia de los riesgos.

El objetivo de los seguros de Responsabilidad Civil Profesional es hacer frente a los daños personales, materiales y consecuencias que, involuntariamente, por sus errores u omisiones, el profesional haya podido causar a sus clientes en el ejercicio de su profesión, así como los perjuicios que de ellos se pudieran derivar.

En el caso de las pólizas de seguros de Responsabilidad Civil de los cazadores, estas cubrirán las posibles indemnizaciones que se generen en contra del asegurado por los daños que este pueda producirle a terceras personas. Se trata de una garantía obligatoria para los cazadores. Esta responsabilidad civil se regula en el Real Decreto 63/1994 de 21 de Enero: Reglamento del Seguro de Responsabilidad Civil del Cazador de Suscripción obligatoria.

SOLO COBRAMOS SI USTED COBRA, al final cuando Usted reciba la indemnización nos liquidará un porcentaje de la misma, nunca nos tendrá que adelantar ninguna cantidad en conceptos de honorarios.

Tendrán la condición de asegurados:

Practicantes de las modalidades de caza menor: al paso, al salto, a la espera, en ojeo u otras modalidades que tienen como objetivo abatir presas menores a un zorro común como: perdices, codornices, tórtolas, palomas y otros animales de pequeño tamaño.

Practicantes de las modalidades de caza mayor: rececho, a la espera, batidas o monterías, que tienen como objetivo la obtención de presas de mayor tamaño que un zorro común, tales como jabalíes, ciervos, gamos o corzos, entre otras.

Cazadores que salen al extranjero.

Estos cazadores a su vez deben de reunir las siguientes características:

  • Los mayores de 14 años y menores de 70 
  • Aquellos que tengan en vigor el permiso de armas y la licencia de caza.

Esta Póliza cubre:

  • La Responsabilidad Civil obligatoria. Cubre al asegurado frente a la obligación de indemnizar por los daños corporales causados a otras personas con ocasión de la acción de cazar, hasta el límite legal establecido de 90.151,82 euros.
  • Responsabilidad civil de contratación voluntaria.
  • Incluye los daños causados por hasta dos perros (quedan excluidas las razas consideradas como peligrosas, que deberán asegurarse aparte).
  • Daños producidos durante el montaje y limpieza de armas de caza, durante todo el año y no solo durante la temporada de caza.
  • Daños causados durante competiciones deportivas, como tiro al plato, tiro de pichón y otras análogas (en campos autorizados por la Federación Española de Caza).
  •  La defensa jurídica, las fianzas y la reclamación.

Además cubre las garantías de accidentes: muerte e invalidez absoluta o parcial, de asistencia sanitaria por accidente y de asistencia en viaje.

A su vez, en este tipo de pólizas se excluyen determinados riesgos:

  • Accidentes que se produzcan de forma intencionada por el cazador.
  • Accidentes ocurridos debido al consumo de drogas o al estado de embriaguez del titular del seguro.
  • Accidentes que tengan lugar durante el desplazamiento entre el lugar de residencia del cazador a la zona donde se lleve a cabo la actividad de la caza.
  • Accidentes derivados de actos de guerra, invasión o circunstancias similares.
  • Accidentes provocados por contaminación radiactiva, reacciones o radiación nuclear.
  • Accidentes fruto de catástrofes climatológicas, como huracanes, corrimientos de tierra, etc.

La suma asegurada en estos casos puede llegar a ser hasta de 1.200.000 €. Sin embargo la mayoría de las pólizas no cubren tal cantidad.

Si Usted tuvo un siniestro de responsabilidad civil de cazadores bien como asegurado o perjudicado del mismo, y tiene discrepancias con la compañía de seguros no dude en ponerse en contacto con nosotros, tanto nuestros abogados como peritos son expertos en la reclamación de siniestros de responsabilidad civil frente a los responsables o a sus compañías de seguros.

ATENCIÓN 24 HORAS, usted puede contactar a cualquier hora del día, le atenderá un abogado especialista en reclamaciones de seguro de responsabilidad civil de cazadores.
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