En Abogados Indemnización somos especialistas en accidentes de tráfico y sabemos la situación difícil que supone para cualquier persona la pérdida de un ser querido, y más en estas circunstancias.

Como la regulación es nueva y de máximo interés iremos publicando diferentes artículos para ir dando diferentes pinceladas sobre este novedoso baremo de accidentes y que significa cambios importantes e indemnizaciones en cuantía más elevadas, el doble de lo que anteriormente percibían las victimas por fallecimiento en accidente de tráfico.

Por ello es necesario conocer muy bien qué hacer y qué no hacer cuando a una persona le surge un  hecho así tan desgraciado y de forma repentina.

Hay que señalar que en la actualidad y desde el 1 de enero de 2016 entro en vigor un nuevo Baremo que establecía nuevas indemnizaciones por accidentes de tráfico y estas cantidades se duplicaron en beneficio de los determinados en esta nueva regulación. Este Baremo no es una actualización del anterior si no se trata de uno nuevo que cambia de forma ostensible todas las cuantías a percibir.

La indemnización por fallecimiento en un accidente de tráfico está regulada en el nuevo Baremo en los artículos 61 al 92.

Importante para todas aquellas personas que de alguna manera se vean afectadas por un accidente de tráfico con este fatal desenlace es determinar quienes tienen derecho a cobrar una indemnización por accidente de tráfico.

Fallecimiento por accidente. Indemnización:

Una de las novedades de este nuevo baremo de accidentes de tráfico es que incluye nuevos beneficiarios, son aquellas personas que por su relación sentimental o de parentesco entran a tener ese derecho por el accidentado fallecido y deben percibir la cuantía determinada en el baremo.

Es de resaltar que el baremo da un impulso a los nuevos conceptos de familia que hace años no existían o no eran reconocidos en la sociedad actual, por lo tanto es más moderno y actualizado.

El actual baremo año 2016 determina que tiene derecho a percibir una indemnización por un fallecimiento en un accidente de tráfico:

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Uno. El cónyuge viudo. Se establece que tiene derecho a cobrar del seguro la indemnización siempre que no esté separado de forma legal ni tampoco haya iniciado los trámites para el divorcio o la separación, estableciendo un importe fijo por una convivencia de hasta quince años, y se le van añadiendo importes adicionales por cada año más de convivencia.

Dos.  Los ascendientes. Fundamentalmente se refiere a los padres, en este caso cada progenitor tendrá derecho a percibir una indemnización por fallecimiento en accidente de tráfico. En el caso de que alguno de los padres en el momento del accidente hubieran fallecido, se consideraran beneficiarios los padres de estos últimos, es decir, sus abuelos, siempre que estén vivos.

Tres. Los descendientes. Por cada hijo de la victima tendrán derecho a percibir una indemnización por el fallecimiento de su padre en accidente de tráfico y esta indemnización variara en su cuantía en relación con la edad del beneficiario.

Cuatro. Los hermanos. En este supuesto cada hermano cobrara una cantidad que dependerá de si tiene más o menos de 30 años.

Cinco.  Los allegados. Es una autentica novedad este supuesto a la hora de percibir una indemnización por fallecimiento en un accidente de tráfico. Está regulado en el artículo 67 del baremo y tendremos que ver como se aplica y se interpreta por todas las partes, compañías de seguros, abogados,  jueces y su forma de probar esa elación entre fallecido y beneficiarios.

En nuestro despacho y para todos nuestros clientes que sufran un accidente derivado de la responsabilidad civil de un tercero y como consecuencia del mismo se produzcan fallecidos, les garantizamos un asesoramiento cercano y dentro de la máxima sensibilidad que nos permite la experiencia de muchos años, y a la vez:

  • Ofrecemos primera consulta gratuita y sin compromiso por Abogados altamente especializados.
  • Nuestro objetivo es que Usted obtenga la máxima indemnización posible.
  • Nuestros abogados son independientes y especialistas en accidentes de tráfico, sin ninguna relación con compañías de seguros.
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