En los últimos tres años el uso de las bicicletas como medio alternativo de transporte se ha disparado, aumentando en un 50%. Uno de cada diez usuarios de bicicleta la utiliza a diario, y se estima que en 2014 se vendieron alrededor de un millón de unidades más que de coches nuevos.

Cada vez son más las ciudades españolas que optan por crear carriles para bicicletas y así facilitar la circulación de este medio de transporte. En este mismo sentido, uno de los casos más recientes lo tenemos en la Comunidad de Madrid, donde el ayuntamiento de la capital creó BiciMAD un servicio de transporte público integrado por bicicletas eléctricas distribuidas en diferentes “estaciones” situadas en multitud de zonas de la ciudad.

Del total de accidentes de bicicletas un 70% se produce en la ciudad, lo que lógicamente se corresponde al gran tránsito de vehículos que existe en comparación con las localidades con menos habitantes. En términos generales, los accidentes sufridos por los conductores de este medio de transporte también ha sufrido un incremento significativo (Ver: Se duplican los accidentes de tráfico con ciclistas), tal es así que al igual que su uso ha aumentado considerablemente, los accidentes de bicicleta se han incrementado en un 20% en el último año.

La bicicleta es uno de los medios de trasporte más sanos, baratos y respetuosos con el medio ambiente que existe. Además, no se requiere de permisos para su uso lo que las convierte en vehículos más accesibles. Pero en ocasiones convendría preguntarnos si todos los usuarios de bicicletas conocen y respetan las normas de circulación establecidas lealmente, pues aun no necesitando una licencia para su uso éstos al igual que los conductores de turismos tienen que cumplir con lo estipulado en el Código de Circulación.

Los Accidentes de tráfico con bicicletas según la normativa vigente

Pasamos por tanto, a realizar un breve análisis a modo de recordatorio de las disposiciones establecidas en el Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, en lo relativo a las obligaciones de circulación para los usuarios de bicicletas.

NORMATIVA BÁSICA
Arcenes

 

En el caso de que no existiese  un carril o una vía ciclista por la que circular, se deberán utilizar los arcenes de la carretera.

Si el arcén no fuera transitable o fuera insuficiente, se podrá utilizar la parte imprescindible de la carretera, ciñéndose siempre al arcén.

Circulación en…

 

Autopistas: Siempre prohibido.
Autovías: Se podrá circular por los arcenes de la autovía, salvo cuando se prohíba mediante la señalización correspondiente.
Distancias entre vehículos Los automóviles deberán respetar la distancia de seguridad mínima de 1,5 metros para realizar un adelantamiento a un ciclista, realizando siempre tal maniobra en condiciones de seguridad.
Normas generales y prioridad de paso de ciclistas La bicicleta tiene prioridad de paso frente a los automóviles,  siempre que circule por el carril bici o se encuentren en un cruce.
Cascos y otros elementos de protección El uso del casco es obligatorio para los ciclistas, y éste ha de estar debidamente homologado y certificado. Sin embargo, existen algunas excepciones a tal obligación; condiciones extremas de calor, rampas ascendentes prolongadas, etc.

En el caso de que la marcha se realice entre el ocaso y la salida del sol o en tramos con túneles, las bicicletas tendrán que llevar la luz de posición delantera y trasera encendidas.

Igualmente, con el fin de mejorar su visibilidad  es preciso que en vías interurbanas los ciclistas vistan con alguna prenda reflectante

Para aquellos conductores habituales conviene contratar un seguro de bicicletas que garantice la compensación de los posibles daños que pueden sufrirse por estar al mando de una bicicleta, pues no debemos olvidar que a pesar de todas las características positivas mencionadas, cuando alguien se desplaza en bicicleta esta mucho más expuesto a sufrir un daño.

Los seguros para bicicletas que actualmente se ofrecen en el mercado ofrecen protecciones básicas como la cobertura de la responsabilidad civil extracontractual, la asistencia en viaje, defensa jurídica, entre otras. Pero además, es posible contratar otro tipo de garantías opcionales que mejoren el seguro básico contratado, como la cobertura de daños a la bicicleta por accidente, el robo, gastos de hospitalización quirúrgica, etc.

Accidentes de tráfico con bicicletas en lo que va del 2017

22 de enero: Tomillo (Vigo)

En esta ocasión el accidente se produjo como consecuencia de un bache en la carretera que propicio la caída de varios ciclistas que circulaban en un pelotón de unos veinte deportistas. Uno de los afectados tuvo que ser trasladado al Hospital Povisa de Vigo, pues éste presentaba lesiones en la cara y en el hombro.

29 de marzo: Bilbao (Vizcaya)

Una mujer es arrollada por un vehículo mientras se encontraba dando un paseo en bicicleta acompañada de su hija. Tanto la madre como la hija tuvieron que ser trasladadas al Hospital de Cruces, en el que la madre de 43 años ingreso en coma.

15 de abril: Daganzo de Arriba (Madrid)

Un hombre de 45 años tuvo que ser trasladado en estado grave al Hospital la Paz tras sufrir una caída mientras circulaba con su bicicleta. En este caso, el hombre perdió el control de la bicicleta y sufrió una aparatosa caída, lo que le causo un traumatismo craneoencefálico severo.

7 de mayo: Oliva (Valencia)

Una conductora que dio positivo en alcohol y drogas atropello a seis jóvenes que se encontraban realizando una ruta en bicicleta. Dos de los jóvenes fallecieron en el acto, tres resultaron heridos y uno de ellos resulto ileso. Cinco días después del accidente, uno de los tres jóvenes que resultaron heridos fallece al no poder recuperarse de las lesiones. La conductora que cuadriplicaba la tasa de alcohol legalmente permitida, arrollo a los ciclistas invadiendo el carril contrario en el que circulaban los seis jóvenes.

La joven ya tenía antecedentes de tráfico de drogas y en 2014 se le retiro el carnet de conducir, precisamente por conducir bajo los efectos del alcohol. Ahora, se le imputan tres delitos de homicidio imprudente, dos delitos de lesiones por imprudencia grave y un delito contra la seguridad vial.  El Juzgado nº2 de Gandía es el encargado de instruir el caso, y por el momento a decretado prisión provisional comunicada y sin fianza para la causante de este trágico suceso.

11 de mayo: El Raal (Murcia)

Un joven resulto herido al colisionar contra un vehículo, tras ser atendido por los servicios de urgencias fue trasladado al hospital Reina Sofía con heridas graves.

13 de mayo: Temisas

Un agente de policía local de santa lucia de Tirajana, fue atropellado por un todoterreno mientras se desplazaba en su bicicleta. La conductora del vehículo era una señora de aproximadamente 60 años que trataba de adelantar al ciclista, pero que por razones desconocidas acabó arrollándolo.

14 de mayo: Lizoain (Navarra).

Un ciclista de 65 años resulto herido tras ser atropellado por una conductora ebria en la localidad de Lizoain. La conductora afirmo que posiblemente se había quedado dormida pues había trabajado durante la noche. Cuando sintió un golpe y se percato de que no tenia uno de los retrovisores continúo circulando hasta el pueblo más cercano, para después volver a pie al lugar del accidente. Dio positivo en la prueba de alcoholemia.

14 de mayo: Águilas (Murcia)

Un ciclista de 65 años tuvo que ser trasladado al hospital Rafael Méndez de Lorca, tras ser arrollado por un turismo. A consecuencia del siniestro el hombre sufrió un traumatismo craneoencefálico y contusiones en la espalda.

15 de mayo: Lorca (Murcia)

Un ciclista de 65 años resulto herido de gravedad, al ser alcanzado por un conductor que trataba de adelantarle. El hombre tuvo que ser trasladado al hospital más cercano por las diversas lesiones que sufría.

17 de mayo: Albacete

Una ciclista resulta herida de gravedad al producirse un choque frontal entre la bicicleta en la que circulaba y un vehículo automóvil.

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